DestacadosNotas MinerasNoticias
Sueldo Mínimo: Aún quedan más de 5000 MiPymes que pueden solicitar el subsidio.
- Desde 14 de junio se encuentra disponible en www.sii.cl el formulario para acceder a este beneficio, que también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades.
Hace una semana, el ministro de Economía, Fomento y Turismo, Nicolás Grau, junto al director del Servicio de Impuestos (SII), Hernán Frigolett, informaron el inicio del proceso de solicitud del subsidio al nuevo sueldo mínimo a través de la plataforma web del SII para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MiPymes).
Bajo ese tenor, en la región de Antofagasta son 6.581 las MiPymes que están habilitadas para poder hacer uso de ese beneficio, lo que significa además una cobertura de 16.151 trabajadores.
Para la Seremi de Economía, Fomento y Turismo María Teresa Veliz, “nunca había existido un subsidio a las empresas que significara un aumento salarial; por lo mismo nos parece importante que nuestras micro, pequeñas y medianas empresas conozcan este proceso que se abrió hace una semana, y que a la fecha ha alcanzado cerca de un 22% de solicitudes lo que significan que quedan más de cinco mil, de las más de seis mil 500 potenciales”.
“Este esfuerzo finalmente es parte de los compromisos que el presidente Gabriel Boric indicó en torno a la mejora de la calidad de vida de las y los trabajadores, y que no sea a costa de las empresas de menor tamaño”, sentenció la jefa de la cartera económica regional.
El beneficio establecido en la Ley N°21.456 tiene como objetivo central entregar apoyo a las empresas de menor tamaño, para que puedan pagar el nuevo salario mínimo, si cuentan con las condiciones establecidas en la normativa, ya que son las que han enfrentado mayores dificultades económicas, pero también aplica a cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades.
Este aporte no está sujeto a impuestos, retenciones o embargos, y es variable. Es decir, el subsidio final que recibirá cada MiPyme se calculará mes a mes, en base a la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía al SII, sobre el número de trabajadoras y trabajadores y sus ingresos, con un desfase cercano a los dos meses.
El proceso de solicitud en la web de SII se realiza una sola vez, y tiene carácter retroactivo, dado que su vigencia rige desde mayo de 2022. El resto de los meses el subsidio se calculará de manera automática y se depositará en la cuenta registrada por la MiPyme hasta el último día hábil del mes. Al ingresar a la plataforma, las MiPymes podrá conocer automáticamente si accederá o no al beneficio, de acuerdo con las condiciones establecidas en la ley, además del monto a recibir. El apoyo es temporal, ya que se entregará hasta abril de 2023, si se cumplen con las condiciones legales para ello.
En su momento, el director del SII, Hernán Frigolett, explicó que “con la implementación de este mecanismo de acceso a este Subsidio al Sueldo Mínimo, el SII busca contribuir a que las trabajadoras y los trabajadores del país tengan acceso al nuevo ingreso mínimo, primer paso para lograr el objetivo de que nadie que trabaje una jornada completa viva junto a su familia bajo la línea de la pobreza”.
¿QUÉ MIPYMES PUEDEN ACCEDER AL BENEFICIO?
La Seremi de Economía, María Teresa Veliz recalcó quienes pueden optar a este beneficio, “los requisitos principales son, inicio de actividad en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, incluyendo las cooperativas”. Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022 podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023.
Las que tengan ventas o servicios del giro superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.
Las que cuenten con uno o más trabajadoras o trabajadores con sueldo mínimo, de acuerdo con el periodo contemplado en la Ley N° 21.456
Las que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.
CÁLCULO DEL SUBSIDIO
El cálculo del beneficio se basa en la información entregada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), respecto del número de trabajadoras y trabajadores y su sueldo. Esta información es entregada al SII con un desfase cercano a los dos meses, por lo que, a través de la plataforma del Servicio, se informará la fecha de actualización de los datos utilizados en cada solicitud.
Para verificar si los ingresos de la Mipyme son mayores a 0,01 UF e iguales o menores a 100 mil UF, se consideran los ingresos obtenidos y registrados o declarados en la Declaración de Renta 2022, o los Formularios 29 de Declaración Mensual de Impuestos (IVA), o el Registro de Compras y Ventas, o las boletas de honorarios electrónicas (para sociedades de profesionales de primera categoría).
Este cálculo mensual también considera la variación en el número de trabajadoras o trabajadores de la empresa durante el periodo de entrega del beneficio, que se verá reflejado en el Factor de Empleo y una vez solicitado el beneficio, mensualmente la empresa podrá revisar en la misma plataforma el monto del subsidio que le corresponde.
Si las Mipymes cumplen con las condiciones establecidas, recibirán el subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se depositará automáticamente, hasta el último día de cada mes.