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Primer Tribunal Ambiental llega hasta Calama para verificar estaciones de monitoreo de calidad del aire
- La principal controversia de la causa, caratulada como R-65-2022, tiene relación con la determinación de dejar fuera un punto de monitoreo, que, para los reclamantes, es el que eleva los índices que permitirían declarar Calama como zona saturada.
Una inspección personal en terreno realizó el viernes el Primer Tribunal Ambiental a las estaciones de monitoreo de la calidad del aire de Calama. La diligencia judicial se efectuó en el marco de una reclamación interpuesta por diversas agrupaciones de la ciudad que manifiestan que el Plan de Descontaminación Ambiental (PDA) aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente, no cumpliría con el fin de descontaminar.
El equipo del tribunal, encabezado por el ministro Mauricio Oviedo, quien estuvo a cargo de la diligencia junto al ministro en Ciencias, Cristián López, visitó las cuatro instalaciones de monitoreo y la que los reclamantes estiman debió considerarse en el plan.
“Estamos en la diligencia relativa al Plan de Descontaminación Ambiental de Calama, la idea es verificar en terreno las características de emplazamiento de las estaciones de monitoreo, tanto las que actualmente se consideran como punto de monitoreo, como también aquellas estaciones de monitoreo que fueron descartadas para la medición de descontaminación de este plan”, explicó el ministro Oviedo.
Lo anterior, porque la principal controversia de la causa, caratulada como R-65-2022, tiene relación con la determinación de dejar fuera un punto de monitoreo, que, para los reclamantes, es el que eleva los índices que permitirían declarar Calama como zona saturada.
Las agrupaciones sociales -dijo el ministro Mauricio Oviedo- consideran que “no se está dando cuenta real del nivel de contaminación de Calama toda vez que aquellas estaciones que justamente arrojan un mayor índice de contaminantes no están siendo consideradas dentro del PDA”.
Las estaciones de monitoreo visitadas por el tribunal fueron la Estación Servicio Médico Legal, Complejo Deportivo 23 de Marzo, Centro, y Hospital del Cobre.
PLAN DE DESCONTAMINACIÓN
El PDA abarca una superficie total de 1.440 kilómetros cuadrados y tiene como objetivo evitar la superación de los niveles de calidad ambiental establecidos por la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, como concentración anual en un plazo de cinco años.
En Calama y su área circundante -tal como lo establece el PDA- se emplazan distintas actividades económicas que aportan a las emisiones de material particulado, como por ejemplo actividades asociadas a la minería, mayoritariamente; y polvo en suspensión por el transporte, así como otras fuentes entre las que están la extracción de áridos, empresas del sector Puerto Seco, fundición de plomo, entre otras menores.
La comuna de Calama se ubica en la Región de Antofagasta y cuenta con una población de 165 mil 631 habitantes, de los cuales un 95,6% viven en el casco urbano y el resto en zona rural.
Todos los detalles de la causa en el siguiente enlace https://causas.1ta.cl/causes/272/expedient/7032/books/219/?attachmentId=11851