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Patricio Cartagena: Modificación del Código Minero-Ley N°21.420 es incoherente e inconstitucional

  • Los participantes del Conversatorio sobre las consecuencias de la reforma del Código Minero, para financiar la “PGU” coincidieron en que se trata de una mala reforma que no va a lograr una importante recaudación fiscal y atenta contra la pequeña minería.

En el panel, arriba: Jorge Pavletic y Regina Uribe. Abajo: Patricio Cartagena y Miguel Zauschkevich

Gran interés concitó el Conversatorio sobre las consecuencias de la reforma del Código Minero-Ley N°21.420, que organizó la Comisión Política Minera de la Cámara Minera de Chile, con el objetivo de analizar las consecuencias que esto traería para el sector y especialmente a la pequeña minería, una vez que comience a regir.

En la oportunidad, expusieron sobre los diversos aspectos de esta ley Patricio Cartagena, abogado y secretario general de la Cámara Minera de Chile; Regina Uribe, gerente general de Geolegal Ingeniería; Miguel Zauschkevich, presidente de la Asociación Minera Melipilla y socio de la Cámara Minera de Chile; y Jorge Pavletic, consejero de la Asociación Minera Taltal y director de la Sonami, quienes coincidieron en que se trata de una mala reforma al Código Minero.

Las exposiciones comenzaron con la presentación de Cartagena, quien presentó los temas que fueron modificados y precisó que “es inexplicable e Improcedente la Ley N°21.420; las ideas matrices del proyecto de ley que es la reducción o eliminación  de exenciones tributarias vulnera el Artículo 69 de la Constitución Política de la República que indica: …”proyectos de ley deben tener una coherencia directa con las ideas matrices que sirven de fundamento y  justificación de los objetivos del articulado propuesto…””, explicó.

PROCEDIMIENTO FAST TRACK

Agregó Patricio Cartagena que, además, fue un procedimiento legislativo “fast track”, que apenas duró un mes y medio y nunca se llamó a expertos en el tema, para opinar sobre la materia. A esto, se debe sumar que es una técnica legislativa deficiente.

“Será necesario revisar, modificar o derogar, ya que considero que aún estamos a tiempo. Esto por varias razones. Desconocemos si hubo alguna elaboración de informes técnicos y de impacto económico sobre las reformas aprobadas, en la historia de la ley nada hay de ello; y, por otro lado, afortunadamente si lo miramos en positivo, lo que dice la ley es que establece un período de vacancia, es decir, que entra en vigencia el 4 de febrero de 2023 y durante todo el año existe la posibilidad para que el nuevo Congreso pueda revisar este proyecto”, aseveró Cartagena, quien agregó que, de mantenerse como está habrá mayor judicialización y reclamos por inconstitucionalidad, lo que debilita la seguridad jurídica en los títulos mineros.

En tanto, Regina Uribe se refirió a los plazos sobre mensura según lo que indica la ley y la transformación de los DATUM, tanto para la manifestación como para el pedimento. “La manifestación nace con un DATUM nuevo, por lo que no tendrá mayor implicancia en la materialización tanto del pedimento como de la mensura, considerando que no se van a materializar en terreno los vértices. El Reglamento Minero actualmente tiene el artículo 16 en el que señala que independientemente del DATUM que se indique en la manifestación o el pedimento, se debe transformar a 56 o 69 dependiendo de la latitud. Esto significa que desde Sernageomin van a tener que redactar un nuevo Reglamento sobre este tema.

“Con respecto a la mensura se eliminó expresamente la materialización en terreno de los hitos de los vértices de las concesiones. No me queda claro si dentro de esta denominación hitos está incluido el de mensura”, indicó Regina Uribe.

AFECTACIÓN A LA PEQUEÑA MINERÍA

Posteriormente, Miguel Zauschkevich, presidente de la Asociación Minera Melipilla y socio de la Cámara Minera de Chile cuestionó la forma en que la nueva ley indica cómo se debe entregar la información geológica, y por el cobro por las patentes mineras.

“Obtener información geológica es un trabajo muy lento y muy caro, que requiere contratar ingenieros, geólogos, etc. Entonces, ese trabajo que yo obtuve con mi esfuerzo y con mi dinero, ¿lo voy a tener que regalar? Esa es la gran pregunta. Es un trabajo que puede costar entre US$200 mil a US$500 mil e incluso hasta 2 millones de dólares. Entonces, ¿la ley me obliga a regalarlo?”, se preguntó Zauschkevich.

Agregó que es injusto. “Puede establecerse que sea una información básica, pero no toda la información geológica. En segundo lugar, si se presenta una solicitud de concesión en un rectángulo determinado, después no puede volver a presentar la solicitud de concesión en ese mismo lugar o en parte de él, cuyo impedimento se extiende a los familiares, lo que es completamente arbitrario”, aseveró.

Finalmente, Jorge Pavletic, consejero de la Asociación Minera de Taltal se preguntó ¿cuál es el propósito de esta ley? “Si bien tiene un objetivo noble como el financiamiento de la PGU, no analizaron las consecuencias que tendrá para la pequeña minería”, aseveró.

Pavletic agregó que hay aproximadamente 1.800 pequeños mineros en el país, que entregan 50 mil toneladas de cobre fino a Enami y la situación socioeconómica de ellos es de alta vulnerabilidad. Deestos, solo 60 están acogidos a la Ley Especial y 142 no lo están. Ellos exploran, pero no lo hacen con información geológica profesional. Ellos reconocen la presencia de minerales y se ponen a explotar de inmediato.  “Tal vez esto podría ser un ámbito de acogida para dejar sin efecto la exigencia de  la ley de entregar información geológica, porque no la tienen”.

DESAPARECE PEQUEÑA MINERÍA

Sobre esto dijo que, “con esta ley harán desaparecer a los pequeños mineros y potenciarán a las grandes compañías porque los pequeños productores van a tener que reducirse en sus concesiones. Si hubiesen estudiado, se habrían dado cuenta que subiendo las patentes en un 300% no tiene ningún efecto en la recaudación fiscal porque los artículos 163 y 164 le permite a quien lleve contabilidad fidedigna, rebajarlo del impuesto a la renta, como un PPM voluntario, por lo tanto, no va a existir mayor recaudación fiscal”, aseveró.

Finalmente precisó que “hay un propósito de ir cercando a la pequeña minería para que se vaya desprendiendo, bajo la presión de un mayor costo en la patente minera y en el mantenimiento de las concesiones mineras vigentes, que también significará un mayor costo. Por esto, hago un llamado a hacer todas las gestiones posibles para que las nuevas autoridades que asumirán sus cargos el 11 de marzo, acojan una solicitud para derogar los artículos relacionados con las patentes mineras y las modificaciones al Código de Minería”, concluyó Pavletic.

Patricio Cartagena señaló que la Cámara Minera va a levantar una nueva propuesta destinada a modificar la reciente reforma, ya publicada en el Diario Oficial.

Según los panelistas, la recaudación por patentes mineras no supera los 80 millones de dólares. El Fisco recauda el 30% para sí, 50% va a la región y 20% a la comuna.

Link grabación del Conversatorio

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