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Chile propone a la comunidad internacional que la minería submarina pague royalties e impuestos a la renta
• Vicepresidente Ejecutivo (s) de Cochilco participa en la reunión anual de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos en Jamaica y reitera la posición de Chile en esta materia.
El Vicepresidente Ejecutivo (s) de la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), Manuel José Fernández, se encuentra participando en la 25° Asamblea Anual de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), organización cuya sede está en Jamaica, y que tiene entre sus principales funciones reglamentar la extracción de minerales de los fondos marinos, procurando proteger el medio ambiente de los efectos nocivos que puedan resultar de las actividades mineras.
En esta Asamblea se continuará avanzando en las negociaciones para modificar el Código Minero de Extracción de Minerales en la Zona, que considera entre otros, aspectos tributarios.
POSICION DE CHILE
En la sesión celebrada en 2018, la delegación chilena que asistió a este evento, y de la cual Cochilco formaba parte como experto en minería, propuso que la minería submarina debe pagar royalties e impuestos a la renta a la comunidad internacional, a través de la Autoridad de los Fondos Marinos. Además, someterse a estrictas exigencias ambientales similares a las que están obligadas las empresas de minería terrestre, única forma de no generar una competencia desleal. Esta posición es reiterada por el representante chileno.
La Autoridad Internacional de los Fondos Marinos es una organización autónoma, establecida en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, mediante la cual sus 167 Estados miembros organizan y controlan las actividades que se llevan a cabo en los fondos marinos.
Hasta la fecha, la Autoridad ha promulgado el Reglamento sobre prospección y exploración de nódulos polimetálicos; el Reglamento sobre prospección y exploración de sulfuros polimetálicos; y el Reglamento sobre prospección y exploración de costras de ferromanganeso con alto contenido de cobalto.
MINERÍA SUBMARINA
Por “Zona” se entiende el lecho marino y el subsuelo más allá de los límites de jurisdicción nacional, y sus “recursos” como todo sólido, líquido o recursos minerales gaseosos in situ en el área o debajo del fondo marino, incluyendo nódulos polimetálicos.
Los Nódulos polimetálicos fueron detectados por primera vez en el fondo marino profundo por la Expedición HMS Challenger en 1873. Se distribuyen en la superficie o medio enterrados a través del lecho marino, principalmente en la Zona Clarion-Clipperton, debajo del Océano Pacífico. Contienen níquel, cobre, cobalto y manganeso, entre otros metales.
Desde entonces, se han descubierto otros minerales en la Zona tales como costras de ferromanganeso, que son acumulaciones de minerales en montes submarinos y contienen cobalto, níquel, cobre, molibdeno y tierras raras. Los sulfuros polimetálicos se forman a través de reacciones químicas alrededor de los sitios de ventilación hidrotermal, y contienen cobre, zinc, plomo, plata y oro.
ISA ha determinado que la Zona y sus recursos están abiertos para uso exclusivo de fines pacíficos por todos los estados, ya sea costero o sin litoral y sin discriminación. La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, (UNCLOS), que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994, establece los derechos y obligaciones de los estados con respecto al uso de los océanos, sus recursos y la protección de los recursos marinos y medio costero. UNCLOS estableció que “la Zona” y sus recursos son patrimonio común de la humanidad.(Fuente: Comunicaciones Cochilco. Editado por S.R. Comunicaciones)