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Ayer se inició la tramitación del Royalty a la Minería en el Senado

  • Tras el rechazo a la Reforma Tributaria en la Cámara de Diputados, el gobierno se abre a nuevas modificaciones para lograr acuerdos respecto de la carga impositiva al sector minero.

Este martes en la mañana se inició la tramitación del proyecto de Royalty a la Minería en la Comisión de Hacienda del Senado, donde el ministro Mario Marcel expuso los principales aspectos de la iniciativa que modifica la tributación de las empresas del sector con el objetivo de que una parte de su recaudación sea destinada a investigación y desarrollo y a los gobiernos locales y regionales.

En la ocasión, el ministro señaló que “luego de la aprobación en la Comisión de Minería del Senado, han surgido algunos temas adicionales, los que no alteran lo legislado por dicha Comisión y que el Ejecutivo está disponible a evaluarlos en esta etapa legislativa”.

En específico, el ministro Marcel aclaró que uno de esos temas es el de reponer los gastos de puesta en marcha como un costo para el cálculo de la Renta Imponible Operacional Minera Ajustada (que sirve como base para el cálculo del impuesto específico) y establecer un límite a la carga tributaria potencial, tomando en cuenta tanto el Royalty como el impuesto a la renta que enfrentan las empresas.

La Comisión de Hacienda del Senado la integran Juan Antonio Coloma Correa, Álvaro Elizalde Soto, José García Ruminot, Daniel Núñez Arancibia y Ricardo Lagos Weber, quien la preside.

El proyecto de royalty minero modifica la escala de tasas para aplicar el impuesto en función del margen operacional de las empresas mineras que produzcan cobre en una cantidad mayor a 50.000 toneladas métricas de cobre fino, las que fluctuarán entre un 8% y un 26%. Para el cálculo de margen operacional se permite descontar los gastos propios de la faena productiva, insumos y la depreciación. Además, se propuso establecer un impuesto ad-Valorem de tasa plana de 1% para la gran minería del cobre cuya explotación supere las 50 mil toneladas métricas de cobre fino, excluyendo de esta forma a la mediana minería. En caso de que el margen operacional sea negativo, no procederá el pago de este gravamen.

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