DestacadosNotas MinerasNoticias
Marco Rivero: “el objetivo principal de Cochilco es resguardar los intereses del Estado”
- Así lo señaló el vicepresidente ejecutivo de la Comisión Chilena del Cobre, en la conmemoración de los 45 años de existencia de este servicio público.
Hace 45 años, un día como hoy, jueves 1 de abril, se creó la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco) a través del Decreto Ley N° 1.349, que establece sus funciones, así como quienes la constituirán. En la conmemoración de esta fecha, el vicepresidente ejecutivo de Cochilco, Marco Riveros, señaló que el objetivo principal de la institución es “resguardar los intereses del Estado en el desarrollo del sector minero”, lo que se realiza especialmente a través de la fiscalización del funcionamiento de Codelco y Enami, así como mediante la evaluación de los proyectos de inversión de ambas empresas desde el punto de vías económico y social.
Rivero dijo también, que Cochilco tiene un rol relevante como asesor del Gobierno en temas mineros, a través de la generación de estadísticas y estudios sectoriales.
“Uno de nuestros principales propósitos es mejorar los estándares de funcionamiento de las empresas mineras del Estado, y colaborar a que se tomen las mejores decisiones en materia de políticas públicas en el sector”, señaló el vicepresidente ejecutivo de Cochilco.
Señaló que, a la institución le corresponde también fiscalizar las exportaciones de cobre y sus subproductos para asegurar que se realicen en condiciones y valores vigentes en el mercado internacional.
Además, añadió, le compete asignar la reserva anual de cobre para la industria manufacturera nacional, e informar y asesorar al Comité de Inversiones Extranjeras respecto de las propuestas de inversión extranjera vía DL 600 que ingresen al país para el desarrollo de proyectos mineros y verificar el cumplimiento de los contratos asociados.
La Comisión es administrada por un Consejo compuesto por el ministro de Minería, quien lo preside; el ministro de Hacienda, dos representantes designados por el Consejo del Banco Central de Chile, y dos representantes designados por Decreto Supremo por el Presidente de la República.